Empleos prohibidos…cómo no elegir el trabajo que queremos?

Por: Lic. Cecilia Vignau -Lic. en Administración Agropecuaria Desde finales del siglo XVIII, tuvieron lugar en la cultura occidental diversos procesos culturales, sociales y políticos que resignificaron la división sexual del trabajo, naturalizando el confinamiento de las mujeres al ámbito doméstico. En muchos casos y durante bastante tiempo, excluyéndolas además del pacto social y la […]
septiembre 2, 2022

Por: Lic. Cecilia Vignau -Lic. en Administración Agropecuaria

Desde finales del siglo XVIII, tuvieron lugar en la cultura occidental diversos procesos culturales, sociales y políticos que resignificaron la división sexual del trabajo, naturalizando el confinamiento de las mujeres al ámbito doméstico. En muchos casos y durante bastante tiempo, excluyéndolas además del pacto social y la ciudadanía.

Argentina no estuvo al margen de estos procesos. Su inserción en el mercado mundial, el vertiginoso crecimiento de la producción agropecuaria, la urbanización y la inmigración masiva conllevaron a una serie de fenómenos que generaron tanto temores como esperanzas, dependiendo del sector social afectado.

Problemas como el hacinamiento, las epidemias y la mortalidad infantil, la prostitución y la criminalidad preocupaban especialmente a la Iglesia Católica. El catolicismo social sostenía que el lugar natural de la mujer en la sociedad era el hogar, un ámbito familiar y privado, sin relaciones aparentes con la producción económica. Aseguraba que el trabajo remunerado las degeneraba a ellas y a su descendencia. Contrariamente, afirmaba que una actividad asalariada podía ser regeneradora de ciertas mujeres como prostituas y delincuentes a la vez que ayudaría a prevenir la caída de las mujeres solas. Es obvio que, en ambos casos y durante mucho tiempo, el trabajo remunerado no fue considerado parte del destino natural de mujeres normales y sanas.

Hacia finales del siglo XIX casi la totalidad de las mujeres argentinas que trabajaban eran jóvenes y solteras.

Se desempeñaban en sectores industriales, en actividades relacionadas con la producción agropecuaria como textiles y saladeros. Y también en el servicio doméstico de grandes casas de familia como cocineras, planchadoras, costureras y mucamas. Estos primeros empleos remunerados eran una extensión del trabajo en el hogar y todas los abandonaban cuando contraían matrimonio o con la llegada del primer hijo. Prueba de que eran “normales y sanas”.

En nuestro Código Civil de 1869, la mujer soltera mayor de edad gozaba de absoluta capacidad de hecho, pero pesaban sobre ellas algunas incapacidades de derecho como no poder ser tutora de sus hermanos. Para la mujer casada en cambio, se mantenía la incapacidad como norma. Una discriminación jurídica que suponía un conjunto de derechos que eran exclusivos del marido sobre la persona y bienes de la esposa. Una mujer casada, como ciudadana incapaz, carecía de derecho a la autonomía económica y por ende, a trabajar.

Tareas Prohibidas

En ese contexto, la legislación laboral estuvo ampliamente influenciada por sectores conservadores que institucionalizaron la debilidad del organismo femenino y la nocividad del trabajo para la capacidad procreadora. Tal vez, albergando la secreta intención de desalentar a las solteras a mantenerse en esa condición y a las casadas de querer trabajar, lo que suponía un problema legal para sus maridos.

En el año 1926 se convierte en Ley 11.357 “Los derechos civiles de las mujeres” un proyecto que había sido presentado 2 años antes por Mario Bravo y Juan B. Justo. Esta ley, entre muchas otras conquistas, le concede a la mujer casada el derecho de ejercer profesión; empleo; comercio o industria honestos, sin necesidad de la autorización marital. Le concede además el derecho de administrar y disponer libremente del dinero producto de sus ocupaciones.

Esta legislación sin embargo no deroga ninguno de los artículos de la Ley 11.317 sancionada en septiembre de 1924 que, en un afán descabellado por proteger a la mujer de la explotación y del trabajo industrial pesado, prohíbe taxativamente ocuparlas en toda tarea o industria que era considerada peligrosa o insalubre. ¿Y cuáles eran esas tareas “prohibidas”? Destilación de alcohol, fabricación de materias colorantes que contengan sales de plomo o arsénico, fabricación de explosivos o materias inflamables, la talla y pulimento de vidrio. Medio que hasta ahí estamos todas de acuerdo, no? Pero la lista sigue. También se nos prohibió trabajar en: carga y descarga de navíos o por medio de grúas, canteras subterráneas, maquinistas y foguistas ferroviarios, limpieza de maquinaria en movimiento, sierras circulares y correas, fundición de metales, soplado de vidrio, transporte de materias incandescentes y acá la más descabellada de todas: expendio de bebidas alcohólicas.

Entonces nos encontramos con la mujer de principios de siglo XX, una mujer que está autorizada legalmente a trabajar, pero no de lo que quiera.

Y supongo que mis lectoras estarán pensando que se viene la Segunda Guerra Mundial y ahí los quiero ver con sus prohibiciones cuando se vayan todos a la guerra y no haya nadie para trabajar en las fábricas. Bueno, pues eso pasó en Europa y en Estados Unidos pero no en Argentina. Como país neutral hasta los últimos días del conflicto, no enviamos uno solo de nuestros hombres a la guerra y no se liberó un solo puesto en la industria, ni peligrosa ni insalubre ni de las otras tampoco. Un país repleto de “amas de casa” hasta la década del 80. 

Sin jubilación no hay paraíso

El índice La Mujer, la Empresa y el Derecho que publica desde hace varios años el Banco Mundial, mide el progreso global hacia la igualdad de género en 190 economías, identificando las leyes y regulaciones que limitan e incentivan la participación de la mujer en la economía. Los ocho indicadores: movilidad, trabajo, remuneración, matrimonio, parentalidad, empresariado, activos y jubilación muestran las diferentes formas en que las leyes influyen en la vida laboral de una mujer. La puntuación promedio a nivel mundial es de 76,5 sobre 100, lo que indica que en general las mujeres solo tienen tres cuartas partes de los derechos de los hombres en las áreas medidas. Para Argentina, el indicador es 79,4. Apenas por encima de la media.

Nuestras áreas más flojas: remuneración (50/100), empresariado, trabajo y jubilación (75/100). Todas áreas retrasadas consecuencia de haber postergado innecesariamente la inclusión de las mujeres a la fuerza laboral por mandatos sociales y artilugios legales ridículos.

El rubro remuneraciones no resulta para nada sorprendente, que la brecha salarial en Argentina es enorme no escapa a la vista de nadie. Que tenemos pocas empresarias tampoco. ¿Ahora que sucede con los rubros trabajo y jubilación? ¿Es que nuestras mujeres no están accediendo al mercado laboral de manera equitativa? ¿Qué restricciones siguen teniendo para trabajar de lo que deseen? En parte, la legislación que prohibía explícitamente el trabajo riesgoso o insalubre fue derogada, pero… según el sitio oficial de ANSES hay trabajos por los que una mujer no se puede jubilar. Las actividades que sólo tienen régimen jubilatorio para hombres incluyen: estibadores portuarios, tipógrafos y linotipistas, tareas de laminación y acería, mineros subterráneos, tareas de forja y fragua de metales, elaboración o fraccionamiento de combustibles líquidos de primer grado, servicios eléctricos de alta tensión, construcción de vehículos automotores de transporte de carga, explotación petrolífera y gasífera en pozos, recolectores de residuos, fabricación y composición de vidrio. Muchos de estos se mantienen o son la versión moderna de las “tareas prohibidas” en la ley de 1924.

El trabajo no está prohibido explícitamente pero que la ley jubilatoria no contemple la jubilación femenina para determinadas tareas, deriva en una prohibición implícita de hecho. ¿Qué empleador contrataría una mujer como estibadora portuaria cuando no puede realizar sus aportes? ¿Y qué impedimento tendría una mujer para ser, por ejemplo, recolectora de residuos? Ninguno.

Generación Dorada

Los gobiernos pueden utilizar el marco de referencia establecido por el índice de La Mujer, la Empresa y el Derecho para identificar las barreras que impiden el éxito de la mujer, eliminarlas e impulsar la inclusión económica. Durante el año 2021, 23 países abordaron las desigualdades introduciendo reformas jurídicas a fin de garantizar el empoderamiento de la mujer. Argentina fue uno de ellos. Mediante el decreto 475/2021 se oficializó el reconocimiento de aportes por tareas de cuidado de mujeres con hijos, en edad de jubilarse, pero que no cuentan con los años de aportes necesarios. Adicionalmente se reconocerán los plazos de licencia por maternidad y excedencia a la mujeres que hayan hecho uso de estos periódos al momento del nacimiento de sus hijos. Una reparación muy valiosa para la desigualdad historica y estructural en la distribución de tareas de cuidado.  Una reparación de las leyes que durante años nos impidieron trabajar. Ahora nos podemos jubilar de amas de casa y lo celebro porque muchas fueron victimas de su propio destino pero se nos escapa un elefante enorme y la reforma jubilatoria aún tiene mucho por delante.

Las mujeres obtienen sólo dos tercios de los ingresos estimados para los hombres a lo largo de su vida. A nivel global, las diferencias entre los ingresos totales previstos entre hombres y mujeres es de 172,3 billones de dólares, lo que equivale al doble del producto bruto interno mundial. La reducción de la desigualdad en las oportunidades económicas podría generar enormes beneficios para el mundo y especialmente para los países en desarrollo.

Nuestras bisabuelas necesitaron el permiso de sus maridos para poder trabajar. Nuestras madres usaron el apellido de sus esposos y fueron “amas de casa”. Nosotras somos la generación que eligió estudiar, trabajar y tener su propio dinero, que no tuvo que cambiar su nombre. Somos la generación que no sólo puede elegir con quien casarse, puede hacerlo con otra mujer! Somos la generación dorada. Cómo no vamos a poder elegir el trabajo que queremos? Porqué seguimos permitiendo que existan barreras sistémicas que nos impidan hacer lo que deseamos?

En honor a las distintas, las rebeldes, las deseantes que hace 100 años nos abrieron las puertas del feminismo, luchemos por más reformas que eliminen de una vez por todas las desigualdades. Quién sabe el mundo maravilloso en el que van a vivir nuestras nietas…

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