Presión fiscal, ¿vale la pena preguntarse si es alta?

Por: Héctor Tristán – CPN Repasando material para la preparación de una exposición sobre temas fiscales, encontré una frase de Winston Churchill que creo resume un sentimiento que observamos en nuestros clientes “Muchos miran al empresario como el lobo que hay que abatir, otros los miran como la vaca que hay que ordeñar, pero muy […]
marzo 31, 2021

Por: Héctor Tristán – CPN

Repasando material para la preparación de una exposición sobre temas fiscales, encontré una frase de Winston Churchill que creo resume un sentimiento que observamos en nuestros clientes “Muchos miran al empresario como el lobo que hay que abatir, otros los miran como la vaca que hay que ordeñar, pero muy pocos lo miran como el caballo que tira del carro”, y creo que esa concepción efectivamente existe en el pensamiento de cierto sector dirigente.

¿Vale la preguntarse si la presión fiscal es alta?

Entiendo que no, porque está probado que la misma ha alcanzado ribetes inauditos medidos en el tiempo, y no existen presunciones que lleven a pensar que la misma se mantendrá en termino porcentuales, no que bajara. Nos lleva a presumir tal derrotero la noticia de que el Poder Ejecutivo está elevando un proyecto de Ley modificando la Ley del Impuesto a las Ganancias, retornando a la tasa de imposición para todas las empresas del 35%, excepto micropymes que serán numerosas pero que no representan absolutamente nada en la economía argentina. Los parámetros para estas últimas están entre un límite de 700 dólares y 1.400 dólares mensuales respectivamente, de ganancias brutas antes del impuesto para gozar de alícuotas menores.

Lo agravante resulta que según el proyecto se mantendrá el impuesto a los dividendos en el nivel del 7% actual, lo cual sumado al impuesto que paga la sociedad y este que paga el accionista, significa una imposición conjunta del 40%.

Dicho de otra forma más simple, se aumenta el Impuesto a las Ganancias en un 5% adicional para todas las sociedades comerciales, excepto las micropymes que no superen una ganancia bruta de $ 2,6 millones pesos anuales.

Si rememoramos el número de impuestos nacionales, provinciales y municipales que soporta la economía en su conjunto, los cuasitributos indirectos que sin ser tributos aprobados constitucionalmente los padece el contribuyente, por ejemplo la acumulación de saldos a favor por ingresos directos en exceso, la demora de los fiscos en la devolución de los saldos a favor de los contribuyentes, etc., la pregunta del título esta respondida y no vale la pena reformularla.

Por si fuese poco, existen otras exacciones no reguladas por leyes, y no por ello menores, por ejemplo la brecha cambiaria del orden del 70% respecto al cambio oficial, por el cual se transan las operaciones comerciales que forman los precios que los operadores luego obtienen por su producción.

Por otro lado vemos que los impuestos que han subido porcentual en más de un 100% durante el año 2020 se encuentran los DEX (derechos de exportación/importación) y el Impuesto a los Bienes Personales, sin dejar de recordar que está próximo a vencer el Impuesto a la Riqueza, el cual significa una repetición adicional agravada de este último.

Decimos técnicamente que la presión fiscal o presión tributaria se refiere a la cantidad de dinero en concepto de tributos que los sujetos obligados pagan al Estado en comparación con el Producto Bruto Interno (PBI).

Es decir, que la presión fiscal es un término económico que se refiere a la cantidad de dinero que el Estado recibe por parte de particulares, familias y otros entes obligados a pagar tributos (obligados tributarios) tomando como referencia el producto bruto interno.

Al tomar como referencia el producto bruto interno (PBI) se trata de una magnitud expresada en porcentaje. Así pues, si el total de tributos pagados es de 30 y el PIB es de 100, entonces la presión fiscal es del 30%. Pero como decíamos líneas arriba, en Argentina los tributos no son las únicas erogaciones que se ve obligado a realizar un contribuyente, por convivencia con otras obligaciones que afectan sus ingresos y su patrimonio, y que son originados de manera fáctica, pero no legal: prueba de ello es la brecha cambiaria existente.

¿Cómo se calcula la presión fiscal?

Si los precios relativos y los tributos fueran explícitos, la fórmula utilizada para calcular la presión fiscal es muy sencilla. Tan solo necesitamos dos datos. Por un lado el producto bruto interno expresado en la moneda corriente, y por otro los ingresos totales tributarios expresados en la misma moneda. Por tanto, la fórmula de la presión fiscal sería:

Presión fiscal = [Ingresos totales tributarios / Producto bruto interno (PBI)] x 100

Pero volvemos a la pregunta inicial, vale la pena preguntarse si la presión fiscal es alta? Nuevamente diría que no es necesario, se percibe perfectamente, pero desde el punto de vista numérico su cálculo no solo se ve dificultado por lo dicho, debemos sumarle otro fenómeno: la evasión. Argentina es el país de la región donde se reportan los mayores niveles de evasión.  Según diversos estudios realizados alrededor del mundo, en Argentina se evaden anualmente sumas que representan el 5% del PBI. Esto significa, aproximadamente, un total de U$S 21.000 millones a valores del PBI de 2018.

En conclusión, es lógico que los empresarios del sector agroindustrial –entre otros- se sientan agobiados por la presión fiscal enorme que sufren, sin necesidad de preguntarse si la misma resulta de una magnitud mayor, la sufren a diario.

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