Oportunamente, y luego de la crisis entre el anterior gobierno y el campo, la denominada “oblea” que suministraban las Bolsas de Cereales, fue reemplazada por una obligación de registración de los instrumentos de cada operación ante la AFIP. A tal efecto se dictó la RG (AFIP) 2596 hoy RG (AFIP) 3744/15, que estableció un procedimiento de registración de los contratos y operaciones de compra-venta de granos no destinados a semillas.
Esta registración puede ser solicitada por alguno de los sujetos intervinientes en la operación, dentro de los siete (7) días hábiles de emitido el documento a registrar.-
Asimismo, y para el caso de tratarse de contratos de compra-venta de granos que no correspondan a operaciones primarias, es decir aquellos en los cuales vendedor no reviste la condición de productor agrícola, se debe presentar original y copia del contrato de compra-venta ante la dependencia consignada en la solicitud de registración.
Este último requisito ha generado a través del tiempo innumerables problemas a los operadores, por no estar adecuadamente preparadas las dependencias de AFIP para procesar dicho trámite, demorando la registración no menos de una semana adicional, con el costo que acarrea para el vendedor percibir el precio de la operación con una desmedida demora, con inflación y devaluaciones mediante.
En el marco de las gestiones que los Centros de Corredores de Cereales vienen realizando ante la AFIP, por las citadas demoras y sus perjuicios, se celebró una reunión con funcionarios de la Dirección de Análisis y Fiscalización (DAFE), con los cuales se trató esta problemática.
En dicha reunión los funcionarios anunciaron la implementación de un procedimiento electrónico para la registración de los contratos en las operaciones consignadas en el tercer párrafo anterior, a través de la página web del Organismo.
La propuesta recibió la aprobación de los asistentes: Centro de Corredores, de Exportadores y Mercados de futuros.-
El nuevo sistema AFIP prevé estará operativo a partir del 1° de Abril próximo, funcionando en paralelo por la presente cosecha con el sistema vigente, esto es convivirán los dos procedimientos de registración (el electrónico y el actual que se realiza en forma presencial en las dependencias) por lo que se podrá optar por cualquiera de los dos.
Al nuevo sistema, al igual que el anterior, se accederá por clave fiscal y una vez completadas las pantallas que el sistema propone, el contribuyente que efectúe la registración “subirá” al sistema web el contrato de compra-venta debidamente suscripto como archivo pdf. Luego de efectuado los controles sistémicos habituales, el sistema devolverá la constancia de registración a efectos de serle presentada al comprador para el cobro del contrato.
De esta manera, se elimina la presentación del original y copia del contrato en la dependencia de AFIP, para aquellos que por este año elijan este método para la registración del contrato. A partir del año siguiente este sistema será el único vigente para cumplir con lo establecido en la norma citada, descontinuando el trámite presencial.
La modificación implica una serie de beneficios para todos los intervinientes.. a) Quien registra, se evita la tramitación ante la Dependencia, b) AFIP dispone de archivo “imagen” de todos los contratos registrados en un archivo informático único, en lugar de la actual dispersión de formularios en papel y c) los compradores y cualquiera de los intervinientes podrán acceder a la imagen del contrato registrado.
La implementación se materializara a través de la adecuación de los sistemas de AFIP y el dictado de una resolución general.
Esta pequeña solución, que implica la eliminación de una tarea absolutamente improductiva e ineficiente, trae a colación la necesidad de estandarizar y simplificar los regímenes de información y registración vigente, que se superponen entre sí, establecidos por organismos nacionales y provinciales, que solo representan una exorbitante carga administrativa y la generación de costos a cargo de la cadena, comenzando con el productor agropecuario –principal víctima de todo este sistema burocrático- con el correlato de sanciones de diferente índole ante el incumplimiento de dichas obligaciones, y sin que agregue valor alguno ni a los obligados ni a los organismos requirentes.
Es destacable la receptibilidad y la premura que demostraron los funcionarios del Organismo, facilitando la tramitación de la registración citada, que como comentábamos al inicio, ha traído aparejados gravosos problemas administrativos y demoras en el cobro de las operaciones.-
Es esperable, que sea un síntoma de un cambio que se comience a gestar, el camino estimo será extenso, porque a través del tiempo el sistema burocrático se ha multiplicado y desarmarlo llevará mucho trabajo y decisión.