NUEVA NORMATIVA DE INASE SOBRE EL ORIGEN DE LA SEMILLA

LOS USUARIOS DE SEMILLA DE SOJA DEBERÁN PRESENTAR LA DDJJ SOBRE EL ORIGEN DE LA SEMILLA UTILIZADA Y RESERVADA PARA LA CAMPAÑA 2015716 La resolución 187/2015 emitida por el INASE (Instituto Nacional de Semillas) y publicada en el boletín oficial el día 22 de junio del 2015, establece que a partir de la campaña de […]
julio 23, 2015

LOS USUARIOS DE SEMILLA DE SOJA DEBERÁN PRESENTAR LA DDJJ SOBRE EL ORIGEN DE LA SEMILLA UTILIZADA Y RESERVADA PARA LA CAMPAÑA 2015716

La resolución 187/2015 emitida por el INASE (Instituto Nacional de Semillas) y publicada en el boletín oficial el día 22 de junio del 2015, establece que a partir de la campaña de soja 2015/16, todos los productores cuya facturación total sea mayor al equivalente de tres veces la categoría más alta del monotributo, estén o no inscriptos en este régimen, deberán declarar el origen legal de la semilla, sea esta fiscalizada o de uso propio y la semilla reservada para futuras campañas.

Las declaraciones de origen legal de la semilla y reserva de semilla se podrán realizar mediante un aplicativo web al cual se ingresará con usuario y clave fiscal de AFIP.

La fecha límite para la presentación de la información es el 31/01/2016 en el caso de la declaración de origen legal de la siembra y el 30/06/2016 para la declaración de reserva de semilla.

La información que se deberá presentar es la siguiente: ubicación del predio, superficie sembrada, kilogramos de semilla utilizada, sus variedades y la documentación que avale su origen legal.

Será responsabilidad de INASE validar la información presentada por cada productor, y en caso de corresponder, se podrán exigir muestras vivas o realizar visitas a los establecimientos para corroborar la información suministrada.

El incumplimiento podría dar lugar a sanciones administrativas (baja de registros, inhabilitación para operar, etc.), o económicas tal como está previsto en la ley.

Adjuntamos una presentación para mostrar el funcionamiento de la resolución de forma más didáctica a fines de que puedan aclarar las dudas que tengas sus clientes/productores. Para obtener más información puede descargar la resolución 187/2015 completa desde la página del INASE, o directamente a través de este link:

http://www.inase.gov.ar/index.php?option=com_remository&Itemid=102&func=fileinfo&id=2320

 “Desde DONMARIO esperamos que esta normativa contribuya  a disminuir la ilegalidad del mercado de semillas y mejore la situación general de la industria” agregó Santiago De Stefano, Gerente de Marketing del Semillero.

 

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